Resolución Nº 29/2022
CONCORDIA, 01 de agosto de 2022.-
VISTO:
Que, los días 23 y 24 de agosto del 2022 se disputaron distintos encuentros de fútbol, en el campo de deportes del Club Profesionales Universitarios Concordia, en los cuales sucedieron hechos que violan las normas establecidas para la correcta práctica deportiva;
CONSIDERANDO:
Que, los hechos violatorios surgen de los informes elaborados por los señores Árbitros de Fútbol y los señores Veedores y cuyas constancias obran en las planillas de control de los partidos de fútbol, que se encuentran habilitadas para tal fin;
Por todo ello y en mérito a los hechos y antecedentes aludidos éste TRIBUNAL DE PENAS:
RESUELVE:
Art. 1º) Aplicar las siguientes sanciones:
De cuatro (4) fechas de suspensión al jugador Nº 2 señor PERALTA, MATIAS EZEQUIEL, perteneciente al equipo AGRONOMOS LIBRES, Título IX, Art. 44 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 16 señor DALZOTTO, LEONARDO EMANUEL, perteneciente al equipo FARMACEUTICOS LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 3 DALZOTTO, MARCOS JULIAN, perteneciente al equipo FARMACEUTICOS LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a).
De dos (2) fechas de suspensión al Ayudante de campo señor BENITEZ, ROBERTO EZEQUIEL, perteneciente al equipo MEDICOS LIBRES, Título IX, Art. 43 inc. g)
De tres (3) fechas de suspensión al jugador Nº 3 señor PAVESE, SEBASTIAN SERGIO, perteneciente al equipo ODONTOLOGOS LIBRES, Título IX, Art. 43 inc. d).
Tribunal de Penas solicita realicen el descargo correspondiente a los jugadores que se detalla teniendo en cuenta el informe vertido por el veedor del partido entre Odontólogos y Agrónomos del 23/07/2022 en cancha Nº 4 3er turno.
“Informo que una vez finalizado el encuentro el jugador Nº 16 del equipo de Agrónomos viene corriendo al sector del banco de suplentes del equipo de Odontólogos para agredir físicamente al jugador Nº 28 del equipo de Odontólogos quien ya se encontraba vestido de civil y es agredido con un cachetazo en la cara por parte del jugador Nº 16 de Agrónomos.
Al respecto informo que esta acción del jugador Nº 16 fue provocada por el jugador Nº 28 quien minutos antes habia gritado a viva voz “Perro- Perro”, sos un perro, cuando dicho jugador patea el balón deliberadamente fuera del campo de juego. Con esta jugada se insultaron y amenazaron. No tomando medidas disciplinarias el árbitro que trato de calmar al jugador Nº 16.
Ante lo ocurrido solicite tranquilidad al jugador Nº 28 quien pidió disculpas y no reclamo más.
Pero una vez finalizado el encuentro y ante la agresión sufrida lo invita a pelear al jugador Nº16, diciéndole “acá no allá si queres. Esto provoco nuevamente la reacción del jugador Nº 16 que intentó agredirlo nuevamente siendo detenido de su acción por compañeros y rivales. Dicha acción no fue advertida por el árbitro si por la 1er asistente
Es todo cuanto informo. Aguirre Mariano:
Agrónomos Libres: Latrilla Pedro Ezequiel DNI 33510284 (Nº 16)
Odontólogos Libres: Degiambattista Juan Pablo DNI 29558431 (Nº 28)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 32 señor CABRERA, EMANUEL ANDRES, perteneciente al equipo ESCRIBANOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De cinco (5) fechas de suspensión al jugador Nº 150 señor REQUELME CHIAPPA RICHARD GABRIEL, perteneciente al equipo ESCRIBANOS VETERANOS, Título IX, Art. 47 inc. b).
Tribunal de Penas solicita realice el descargo correspondiente al señor Larrarte Sebastián DNI 24959000 Ayudante de campo teniendo en cuenta el informe vertido por el veedor del partido entre Escribanos y Abogados “B” del 24/07/2022 en cancha Nº 3 – 3er turno.
“NOTA: Cuando el equipo de Escribanos cometio el segundo gol el ayudante del mismo equipo: Salio del banco de suplente insultando a juez de línea o a DT contrario con unas palabras muy groseras. (El señor nombre: Larrerte Sebastian).
Escribanos Veteranos: Larrarte Sebastián DNI 24959000 (Ayudante de Campo)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 8 señor HAMM, ALFREDO MIGUEL, perteneciente al equipo AZULES SENIOR’S, Título IX, Art. 42 inc. d)
De cuatro (4) fechas de suspensión al jugador Nº 38 señor CASELLA, ESTEBAN AGUSTIN, perteneciente al equipo MEDICOS SENIOR’S, Título IX, Art. 44 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 11 señor FERNANDEZ, RAFAEL ELOY, perteneciente al equipo MEDICOS SENIOR’S, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 25 señor ALBARENQUE, GUSTAVO, perteneciente al equipo VERDES SENIOR’S, Título IX, Art. 42 inc. d)
De dos (2) fechas de suspensión al jugador Nº 11 señor TRIBULATTI, ROBERTO ANDRES, perteneciente al equipo VIOLETAS SENIOR’S, Título IX, Art. 43 inc. a)
De tres (3) fechas de suspensión al jugador Nº 11 señor GARCIA, NELSON DANIEL, perteneciente al equipo CONTADORES SENIOR’S, Título IX, Art. 43 inc. f).
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