Resolución Nº 32/2022
CONCORDIA, 22 de agosto de 2022.-
VISTO:
Que, los días 13 y 14 de agosto del 2022 se disputaron distintos encuentros de fútbol, en el campo de deportes del Club Profesionales Universitarios Concordia, en los cuales sucedieron hechos que violan las normas establecidas para la correcta práctica deportiva;
CONSIDERANDO:
Que, los hechos violatorios surgen de los informes elaborados por los señores Árbitros de Fútbol y los señores Veedores y cuyas constancias obran en las planillas de control de los partidos de fútbol, que se encuentran habilitadas para tal fin;
Por todo ello y en mérito a los hechos y antecedentes aludidos éste TRIBUNAL DE PENAS:
RESUELVE:
Art. 1º) Aplicar las siguientes sanciones:
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 18 señor BUFFA, MAURO FRANCISCO, perteneciente al equipo ABOGADOS “A” LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 22 señor PALOPOLO, HECTOR DANIEL, perteneciente al equipo ABOGADOS “A” LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 1 señor RUIZ, DIAZ CARLOS MARIA, perteneciente al equipo FARMACEUTICOS LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 3 señor COSTA, SERGIO ROBERTO, perteneciente al equipo KINESIOLOGOS-VIOLETAS LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De dos (2) fechas de suspensión al jugador Nº 14 señor IMAZ BASTIA, HECTOR JULIAN, perteneciente al equipo ODONTOLOGOS LIBRES, Título IX, Art. 43 inc. f)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 99 señor LAGREGA, JUAN FRANCISCO, perteneciente al equipo PROFESORES “E” LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a)
De una (1) fecha de suspensión al Director Técnico señor ALVAREZ, DIEGO, perteneciente al equipo ABOGADOS “C” VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. k).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 20 señor QUARROZ, CESAR, perteneciente al equipo CONTADORES MASTER, Título IX, Art. 42 inc. a).
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