Resolución Nº 36/2022
CONCORDIA, 19 de septiembre de 2022.-
VISTO:
Que, los días 09 y 10 de septiembre del 2022 se disputaron distintos encuentros de fútbol, en el campo de deportes del Club Profesionales Universitarios Concordia, en los cuales sucedieron hechos que violan las normas establecidas para la correcta práctica deportiva;
CONSIDERANDO:
Que, los hechos violatorios surgen de los informes elaborados por los señores Árbitros de Fútbol y los señores Veedores y cuyas constancias obran en las planillas de control de los partidos de fútbol, que se encuentran habilitadas para tal fin;
Por todo ello y en mérito a los hechos y antecedentes aludidos éste TRIBUNAL DE PENAS:
RESUELVE:
Art. 1º) Aplicar las siguientes sanciones:
De dos (2) fechas de suspensión al jugador Nº 16 PONCE, ENZO MIQUEAS, perteneciente al equipo ODONTOLOGOS LIBRES, Título IX, Art. 43 inc. f).
De dos (2) fechas de suspensión al jugador Nº 5 SANABRIA, EZEQUIEL NICOLAS, perteneciente al equipo PROFESORES “E” LIBRES, Título IX, Art. 44 inc. b).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 11 BOINNARD, ROBERTO ANDRES, perteneciente al equipo AGRONOMOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De una (1) fecha de suspensión al Director Técnico señor ROSEMBAUN JAVIER, perteneciente al equipo INGENIEROS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. h)
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 47 CRACCO, SERGIO JOSE ANIBAL, perteneciente al equipo MEDICOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 10 LAURIA, GERARDO MARTIN, perteneciente al equipo ESCRIBANOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 13 GRANTON, RAFAEL, perteneciente al equipo MEDICOS SENIOR’S Título IX, Art. 42 inc. a).
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