Resolución Nº 59/2022
CONCORDIA, 12 de diciembre de 2022.-
VISTO:
Que, los días 02 y 04 de diciembre del 2022 se disputaron distintos encuentros de fútbol, en el campo de deportes del Club Profesionales Universitarios Concordia, en los cuales sucedieron hechos que violan las normas establecidas para la correcta práctica deportiva;
CONSIDERANDO:
Que, los hechos violatorios surgen de los informes elaborados por los señores Árbitros de Fútbol y los señores Veedores y cuyas constancias obran en las planillas de control de los partidos de fútbol, que se encuentran habilitadas para tal fin;
Por todo ello y en mérito a los hechos y antecedentes aludidos éste TRIBUNAL DE PENAS:
RESUELVE:
Art. 1º) Aplicar las siguientes sanciones:
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 8 ROLON, PABLO DANIEL, perteneciente al equipo ABOGADOS “C” LIBRES, Título IX, Art. 42 inc. a).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 14 GOÑE, MATIAS ROBERTO, perteneciente al equipo ABOGADOS “C” VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De dos (2) fechas de suspensión al jugador Nº 12 SABOREDO, DIEGO DANIEL, perteneciente al equipo ABOGADOS “C” VETERANOS, Título IX, Art. 44 inc. b).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 7 SOTO, NICOLAS ARCADIO, perteneciente al equipo FARMACEUTICOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. d).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 12 MICOL, IVAN, perteneciente al equipo ODONTOLOGOS VETERANOS, Título IX, Art. 42 inc. a).
De una (1) fecha de suspensión al jugador Nº 15 GODOY, FABIO RAMON, perteneciente al equipo INGENIEROS SENIOR’S, Título IX, Art. 42 inc. a).
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